El ayuno que se les impone solo abarca algunos pocos días del año. Aquel de ustedes que esté enfermo y por esta condición le sea difícil ayunar, o que esté de viaje, está autorizado a comer, pero deberá compensar luego con ayuno los días que no ayunó. Aquellos que tienen posibilidad de ayunar deben ofrecer una compensación (fidiah) si es que comen durante los días de ayuno. Esta compensación consiste en alimentar a un pobre por cada día de ayuno no cumplido, pero sepan que ayunar es mejor para ustedes que comer y luego compensar. Si supieran el mérito que conlleva el ayuno. Entregar una compensación por haber comido voluntariamente sin tener excusa es el precepto que estaba en vigor cuando el ayuno fue prescrito. Aquel que deseaba ayunar, ayunaba, y aquel que deseaba comer, comía y alimentaba a un pobre en compensación. Luego, Al‑lah hizo el ayuno obligatorio para la persona púber y físicamente capaz.